Alquiler

Gastos y suministros del alquiler: qué paga el propietario y qué el inquilino

Elva Zamudio trabajando en su mesa en la oficina de Wereal Grupo Inmobiliario
Resumen rápido
  • Los consumos individuales los paga el inquilino
  • IBI y comunidad solo pasan al inquilino si se pacta por escrito con su importe anual
  • Los gastos de gestión inmobiliaria del alquiler corren a cargo del propietario

Tras la renta, los gastos son la segunda fuente de dudas en un alquiler. Como en Wereal redacto los contratos y coordino la logística de la entrega, te dejo un resumen claro de quién paga cada cosa y qué conviene escribir en el contrato.

Lo que paga normalmente el inquilino

  • Los consumos individuales: luz, agua, gas, internet y teléfono, según el contador o el contrato de cada servicio.
  • Las pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario de la vivienda.

Lo habitual es que los suministros pasen al nombre del inquilino el día de la entrega de llaves, con lectura de contadores para que cada uno pague lo suyo.

Lo que paga el propietario

  • Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato, desde la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
  • Las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de uso, salvo que el daño se deba al inquilino.

IBI, comunidad y otros gastos generales

Los gastos generales de la vivienda (cuota de la comunidad, tasa de basuras, IBI…) son, por defecto, del propietario. La LAU permite pactar que corran a cargo del inquilino, pero con requisitos: debe constar por escrito y con el importe anual que suponen a la fecha del contrato. Si no está escrito, el inquilino no está obligado a pagarlos.

Si se pacta, conviene también decidir cómo se pagan (junto a la renta, o aparte) y qué ocurre con las derramas extraordinarias de la comunidad. Una derrama para una obra de mejora del edificio, por ejemplo, no suele ser un gasto del uso cotidiano del inquilino.

Cambio de titular de los suministros

  1. Pide al propietario los datos del contrato actual y las lecturas de los contadores.
  2. Comprueba que la vivienda dispone de la documentación que exige cada suministro.
  3. Cambia la titularidad el día de la entrega, para no heredar deudas ni pagar consumos ajenos.
  4. Al terminar el contrato, da de baja o traspasa los servicios y guarda las últimas facturas.

Qué conviene dejar escrito

Un buen contrato incluye una cláusula de gastos con tres datos: qué gastos se repercuten, cuánto suman al año y cómo y cuándo se pagan. Es la forma más sencilla de evitar discusiones meses después.

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento legal en un caso concreto. El equipo de WeLegal puede revisar tu contrato.

Preguntas frecuentes

¿Puede el propietario cobrarme la comunidad si no lo pone en el contrato?

No. Para repercutir gastos generales al inquilino debe pactarse por escrito, con el importe anual a la fecha del contrato.

¿Quién paga una derrama de la comunidad?

Si es para mejoras o reparaciones estructurales del edificio, no suele corresponder al inquilino salvo pacto. Conviene aclararlo en el contrato.

¿Y si el propietario sube los gastos después?

El importe pactado puede revisarse solo en los términos que se hayan acordado en el contrato. Si no se dijo nada, no se puede modificar de forma unilateral.

¿Quieres un contrato con los gastos bien definidos?

Cuéntame tu caso y lo dejamos claro desde el principio. Escríbeme por WhatsApp.

Sigue leyendo